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En 1961 muchas naciones se reunieron para crear un método simplificado de legalizar documentos que fuera reconocido universalmente. Este reunión de las naciones es conocido como la Convención de la Haya. Ellos adoptaron un documento denominado apostille o apostilla que es internacionalmente reconocido por todos las naciones miembros.
Los documentos enviados a las naciones miembros, completados con una apostilla a nivel de estado, puede ser enviados directamente a la nación miembro sin ningún otro tramite.
Los documentos enviados a una nación no miembro de la Convención de la Haya, requiere una certificación en lugar de un apostille. Esto es hecho a nivel estatal y entonces necesita ser tramitado al Departamento de Estado de Estados Unidos en Washington Distrito de Columbia. Y entonces tramitarlo en el consulado o embajada correspondiente.
Requisitos para documentos internacionales:
Documentos para países participantes en la Convención de la Haya:
Firma del documento delante de un Notario Publico del Estado de la Florida
Legalización de la firma del notario por el Escribano del Condado el cual el notario tiene su licencia.
Apostillado por el Secretario de Estado del estado en el cual el documento ha sido ejecutado.
Documentos para países no participantes en la Convención de la Haya:
Firma del documento delante de un Notario Publico del Estado de la Florida
Legalización de la firma del notario por el Escribano del Condado el cual el notario tiene su licencia.
Certificado por el Secretario de Estado del estado en el cual el documento es ejecutado
El Departamento de Estado de Estados Unidos autenticara el documento
El documento puede ser legalizado por la embajada o consulado correspondiente.
Estos países aceptan las Apostillas sin necesidad de otro tipo de legalización:
Albania, Alemania, Argentina, Australia, Austria, Belarus, Belgium, Bosnia, Bulgaria, Croatia, Cyprus, Dinamarca,
Ecuador, España, Estados Unidos, Estonia, Finlandia, Francia, Georgia, Grecia, Hong Kong, Hungria, India, Irlanda, Islandia, Israel, Italia, Japon,
Korea, Latvia, Lithuania, Luxembourgo, Macao, Macedonia, Malta, Mexico, Monaco, Montenegro, Netherlands, Nueva Zelanda, Norway, Panama,
Polonia, Portugal, Republica Checa, Reino Unido, Romania, Rusia, Serbia, Slovakia, Slovenia, Sur Africa, Suriname, Sweden, Switzerland, Turquia, Ucrania,
Venezuela.
Los países que no aperecen en esta lista por lo general tambien exigen las Apostillas, pero tambien requieren otros trámites legales a traves de la embajada.
Si desea mas información, visite la página de la Conferencia de la Haya o la embajada correspondiente.
Usted la imprime y sigue las instrucciones en la impresion. Esto incluye firmarla, hacer los correspondientes cheques/money orders,
poniéndolos en un sobre junto con sus documentos, y enviándolos a nuestra dirección.
Una vez recibidos sus documentos, nosotros los llevamos a la Oficina de Tallahassee. Esto usualmente sucederá el siguiente día de recibir sus documentos.
Nosotros apostillamos sus documents ese mismo dia.
Nosotros le enviamos sus documentos a la dirección que usted solicitó en su Orden.
Eso depende en el número de documentos que usted desee apostillar y como usted quiere que se lo enviemos.
El pago inicial es $140 por un documento. Documentos adicionales son solamente $80 extra por documento.
Si los documentos van a ser enviados a una dirección dentro de los Estados Unidos, podemos enviárselos por "Priority Mail" con Confirmación por $10.
Entrega el siguiente día es también disponible por FedEx, por el costo de $40.
Si usted quiere que lo documentos sean enviados a una dirección fuera de los Estados Unidos, le cuesta $85. Usted también puede enviarnos un sobre
pre-pagado y nosotros le enviaremos sus documentos a cualquier lugar, sin costo adicional.
Además del pago por el servicio de Miami Apostille Courier, usted necesita enviar el pago para la certificación por el Secretario de Estado.
Ellos cobran $10 por casi todos los tipos de documentos.
La página de Ordenar automáticamente calculara el total de su solicitud.
Aceptamos money orders, cheques personales, y cheques de cajero del banco (Cashier Checks).
No aceptamos tarjetas de crédito ni dinero en efectivo (cash).
Como forma de pago preferimos money orders o cheques de cajero ya que nos permiten proceder inmediatamente con su orden.
Cheques personales son aceptables, pero usualmente necesitan ser cambiados en el banco antes que la orden pueda ser procesada. Esto puede demorar la orden unos días.
El Secretario del Estado de la Florida también acepta money orders o cheques (emitidos en un banco de Estados Unidos) pagaderos al "Florida Department of State".